INFORMACIÓN PREVIA
Se entiende por reconocimiento de créditos en los estudios de Grado y Máster la aceptación de créditos que, habiéndose obtenido en enseñanzas oficiales de la nueva estructura académica o en planes de estudio ya extinguidos o en fase de extinción, se computan con el fin de obtener un título oficial. También se pueden reconocer créditos cursados en otros estudios universitarios conducentes a la obtención de un título propio siempre y cuando este contemplado en el informe de verificación de la titulación.
El reconocimiento debe hacerse siempre a partir de asignaturas aprobadas en los estudios de origen, nunca de asignaturas previamente convalidadas, adaptadas o reconocidas.
Cuando los créditos superados en estudios oficiales se hayan obtenido en una universidad extranjera, los créditos que están sujetos a reconocimiento se incorporan al grado de destino como asignaturas o créditos convalidados y deben tener asociada una calificación numérica y descriptiva.
Los reconocimientos en el expediente:
- Implican la equivalencia de competencias (específicas y/o transversales) así como la carga de trabajo entre asignaturas que conducen a la obtención del título.
- Se conserva la calificación de los estudios de origen.
CÓMO HACER LA SOLICITUD
Encontrarás toda la información en Reconocimientos/Convalidaciones para estudios universitarios.
INFORMACIÓN RELACIONADA-MATRÍCULA
Una vez finalizado el trámite, el alumno deberá solicitar la modificación de la matrícula condicionada para que las asignaturas reconocidas o convalidadas aparezcan en su expediente.
Cuando el órgano competente de la UPC emite la resolución definitiva, la matrícula se considera definitiva. Si se presenta alguna modificación respecto a la matrícula provisional, deberá ser revisada y modificada de acuerdo con la resolución correspondiente.
INFORMACIÓN IMPORTANTE
Los estudios de GNTM y GTM tienen asignaturas que pueden dar lugar a la expedición de certificados de especialidad marítima. Debido a que tienen competencias SCTW asociadas, las asignaturas convalidadas/reconocidas no dan derecho a la emisión de estos certificados a menos que sean asignaturas cursadas en la misma Facultad.
Igualmente, las asignaturas convalidadas o reconocidas no dan lugar a la acreditación de la competencia de la tercera lengua.